lunes, 30 de mayo de 2016

Venezuela

Venezuela:su sistema político y su división de poderes

Está basado en una democracia constitucional. La actual Constitución Nacional fue aprobada por la gran mayoría del pueblo venezolano en diciembre de 1999. En la misma se contemplan importantes avances en la reestructuración  del Estado, así como también en materia de derechos humanos y civiles y participación ciudadana.
El Poder Público Nacional está compuesto por cinco poderes: Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Poder Judicial, Poder Electoral y Poder Ciudadano. Tres de los cuales ya existían desde la constitución anterior y dos que existen a partir de la actual constitución. Todos estos poderes son independientes unos de los otros a la vez que cooperan mutuamente para hacer que se cumplan las leyes dentro del país.
Poder Ejecutivo
Poder Legislativo
Poder Judicial
  • Dirigir la acción del Gobierno.
  • Nombrar y remover al Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, nombrar y remover los Ministros o Ministras.
  • Dirigir las relaciones exteriores de la República y celebrar y ratificar los tratados, convenios o acuerdos internacionales.
  • Dirigir las Fuerza Armada Nacional en su carácter de Comandante en Jefe, ejercer la suprema autoridad jerárquica de ella y fijar su contingente.
  • Ejercer el mando supremo de la Fuerza Armada Nacional, promover sus oficiales a partir del grado de coronel o coronela o capitán o capitana de navío, y nombrarlos o nombrarlas para los cargos que les son privativos.
  • Declarar los estados de excepción y decretar la restricción de garantías en los casos previstos en esta Constitución.
  • Dictar, previa autorización por una ley habilitante, decretos con fuerza de ley.
  • Convocar a la Asamblea Nacional a sesiones extraordinarias.
  • Reglamentar total o parcialmente las leyes, sin alterar su espíritu, propósito y razón.
  • Administrar la Hacienda Pública Nacional.
  • Negociar los empréstitos nacionales.

Entre otras.

Corresponde a la Asamblea Nacional:
  • Legislar en las materias de la competencia nacional y sobre el funcionamiento de las distintas ramas del Poder Nacional.
  • Proponer enmiendas y reformas a esta Constitución, en los términos establecidos en ésta.
  • Organizar y promover la participación ciudadana en los asuntos de su competencia.
  • Decretar amnistías.
  • Discutir y aprobar el presupuesto nacional y todo proyecto de ley concerniente al régimen tributario y al crédito público.
  • Autorizar los créditos adicionales al presupuesto.
  • Autorizar el empleo de misiones militares venezolanas en el exterior o extranjeras en el país.
  • Autorizar al Ejecutivo Nacional para enajenar bienes inmuebles del dominio privado de la Nación, con las excepciones que establezca la ley.
  • Autorizar a los funcionarios públicos o funcionarias públicas para aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros.
  • Velar por los intereses y autonomía de los Estados.Dictar su reglamento y aplicar las sanciones que en él se establezcan.


Entre otras.
Son atribuciones del Tribunal Supremo de Justicia:
  • Ejercer la jurisdicción constitucional conforme al Título VIII de esta Constitución.
  • Declarar la nulidad total o parcial de los reglamentos y demás actos administrativos generales o individuales del Ejecutivo Nacional, cuando sea procedente.
  • Conocer de los recursos de interpretación sobre el contenido y alcance de los textos legales, en los términos contemplados en la ley.
  • Decidir los conflictos de competencia entre tribunales, sean ordinarios o especiales, cuando no exista otro tribunal superior o común a ellos en el orden jerárquico.
  • Conocer del recurso de casación.
  • Las demás que establezca la ley.



Poder Electoral
Poder Ciudadano
    El Poder Electoral tienen por funciones:
  • Reglamentar las leyes electorales y resolver las dudas y vacíos que éstas susciten o contengan.
  • Formular su presupuesto, el cual tramitará directamente ante la Asamblea Nacional y administrará autónomamente.
  • Dictar directivas vinculantes en materia de financiamiento y publicidad político-electorales y aplicar sanciones cuando no sean acatadas.
  • Declarar la nulidad total o parcial de las elecciones.
  • Mantener, organizar, dirigir y supervisar el Registro Civil y Electoral. Controlar, regular e investigar los fondos de financiamiento de las organizaciones con fines políticos.
Entre otras.
Son atribuciones del Ministerio Público:
  • Garantizar en los procesos judiciales el respeto a los derechos y garantías constitucionales, así como a los tratados, convenios y acuerdos internacionales suscritos por la República.
  • Garantizar la celeridad y buena marcha de la administración de justicia, el juicio previo y el debido proceso.
  • Ordenar y dirigir la investigación penal de la perpetración de los hechos punibles para hacer constar su comisión con todas las circunstancias que puedan influir en la calificación y responsabilidad de los autores o las autoras y demás participantes, así como el aseguramiento de los objetos activos y pasivos relacionados con la perpetración.
  • Ejercer en nombre del Estado la acción penal en los casos en que para intentarla o proseguirla no fuere necesaria instancia de parte, salvo las excepciones establecidas en la ley.
Entre otras


El poder ejecutivo también es compartido con un Vicepresidente, el cual tiene como atribuciones:
  •  Colaborar con el Presidente o Presidenta de la República en la dirección de la acción del Gobierno.
  • Coordinar la Administración Pública Nacional de conformidad con las instrucciones del Presidente o Presidenta de la República.
  • Proponer al Presidente o Presidenta de la República el nombramiento y la remoción de los Ministros.
  • Presidir, previa autorización del Presidente o Presidenta de la República, el Consejo de Ministros o Ministras.
  • Coordinar las relaciones del Ejecutivo Nacional con la Asamblea Nacional.
  • Presidir el Consejo Federal de Gobierno.
  • Nombrar y remover, de conformidad con la ley, los funcionarios o funcionarias nacionales cuya designación no esté atribuida a otra autoridad.
  • Suplir las faltas temporales del Presidente o Presidenta de la República.
  • Ejercer las atribuciones que le delegue el Presidente o Presidenta de la República.
  • Las demás que le señalen esta Constitución y la ley.

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